Política de nomenclatura y monumento conmemorativo

POLÍTICA DE NOMBRAMIENTO Y MEMORIA CONMEMORATIVA:
Denominación de Infraestructura e Instalación de Monumentos o Placas Conmemorativas


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CONTEXTO
El consejo del condado de Kilkenny apoya la conmemoración de eventos históricos significativos, aniversarios o personas asociadas o que han hecho importantes contribuciones sociales, culturales o económicas a Kilkenny. Este documento establece un marco para la evaluación y aprobación del proceso de denominación de ciertos tipos de infraestructura pública para honrar o celebrar personas, grupos o eventos de importancia en Kilkenny. La Política actual debe leerse junto con la Política de memoria cívica adoptada por el Concejo en junio de 2015 que detalla las propuestas para la instalación de placas conmemorativas, memoriales o monumentos en lugares y edificios públicos. La Póliza Civic Memorial se incluye en su totalidad como un apéndice en la Sección 6 y se combinará en una sola póliza sujeta a adopción.

La Política de Conmemoración Cívica establece la composición de un Comité de Conmemoración Cívica, la adopción de la Política de Nombramiento y Conmemoración revisará la composición del Comité a la recomendada en la Sección 1 de esta política.

El Consejo del Condado de Kilkenny ha desarrollado una Política de nombres y monumentos conmemorativos para:
- Establecer un proceso acordado en todos los departamentos para nombrar toda la nueva infraestructura pública dentro de la propiedad o el control del consejo del condado de Kilkenny;
- Brindar instrucciones claras sobre la política y los procedimientos para la consideración de propuestas de individuos y grupos de interés para el recuerdo de personas clave, lugares históricos significativos o eventos en la historia o el desarrollo de Kilkenny;
- Asegurarse de que las placas y los monumentos erigidos en lugares públicos y en edificios o la denominación de la infraestructura pública se relacionen con eventos o personas que hicieron una contribución significativa o destacada a Kilkenny y tengan una asociación con el lugar elegido;
- Salvaguardar la comodidad y el disfrute de los espacios, edificios y áreas públicos mediante la gestión del número de monumentos y placas dentro de estos lugares públicos.
Esta Política entra en vigencia a partir de su fecha de adopción por parte del Consejo del Condado de Kilkenny. Hay placas o memoriales que son anteriores a esta Política y, por lo tanto, no estaban sujetos al marco que ahora se ha establecido. Estos memoriales o placas anteriores existentes no se tomarán como un precedente para aprobaciones futuras, pero se debe seguir y adherir a la dirección provista en este documento. 


ÍNDICE
- Sección 1
Comité de Evaluación de Nomenclatura y Memorial Conmemorativo 3

- Sección 2
Criterios para la infraestructura de nombres 5

- Sección 3
Denominación de Infraestructura Pública 6

- Sección 4
Tipos de memoriales conmemorativos 7

- Sección 5:
- Dedicación de árboles y bancos en Kilkenny Parks and Open Spaces 8
- Sección 6:
Apéndice: Política 9 del Memorial Cívico del Consejo del Condado de Kilkenny

 

SECCIÓN 1: COMITÉ DE EVALUACIÓN DE NOMBRAMIENTO Y MEMORIA CONMEMORATIVA
El Concejo establecerá un Comité de Evaluación de Conmemoración y Denominación de Monumentos para hacer recomendaciones con respecto a cualquier propuesta para nombrar infraestructura dentro de la propiedad o el control del Concejo del Condado de Kilkenny y para la instalación de placas conmemorativas o monumentos.
El Comité considerará todas las solicitudes válidas y podrá solicitar información adicional sobre cualquier propuesta.

Composición del Comité
El Comité de Evaluación de Denominación y Memorial Conmemorativo estará compuesto por:
Cinco Concejales: un representante de cada Distrito Municipal de Piltown y Castlecomer y dos de Kilkenny más un Presidente que será elegido por el Concejo en pleno para el término del Concejo.
El comité contará con la asistencia de funcionarios del Concejo, incluido el Oficial de Conservación Arquitectónica, el Oficial de Patrimonio, el Oficial de Artes y los Directores de Servicio que representan a los Departamentos del Concejo, según corresponda.
Cuando se considere necesario, el Comité podrá solicitar el asesoramiento de otros funcionarios del Consejo y partes externas en la evaluación de las propuestas.

Términos de la oficina
Los miembros del Concejo serán nominados y aprobados por el Concejo y reflejarán la proporcionalidad y distribución de la representación electa en el Concejo. Los miembros del Concejo servirán por un término consistente con el término del Concejo. Cualquier vacante que surja se cubrirá por nominación y aprobación del Consejo del Condado de Kilkenny.

Presidente
El Presidente será elegido por los Consejeros de la Comisión de entre los miembros de la misma. El presidente electo servirá durante todo el período del Consejo.

Quórum
Tres Consejeros constituirán quórum.

Consulta pública
El Comité puede anunciar la búsqueda de comentarios públicos sobre las propuestas según lo considere oportuno.

Reuniones del comité
El Comité se reunirá cuando sea necesario, pero no más de una vez por trimestre.

Decisión
El Comité, por consenso, hará una recomendación sobre un nombre o memorial propuesto y esto se presentará ante el Consejo en pleno para su aprobación final. En caso de que no haya consenso y sea necesaria una votación, sólo los Consejeros presentes podrán emitir su voto. El Presidente tendrá voto de calidad.

SECCIÓN 2: CRITERIOS PARA LA NOMBRACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA

El nombre de la infraestructura debe ser apropiado para su función y ubicación y debe reflejar el contexto/histórico del área en cuestión, es decir, la historia del área, usos anteriores, etc.

In relation to the erection of a lasting tribute to a person, group or event it is imperative that the subject matter of the memorial is of sufficient importance and significance to Kilkenny to merit its installation.

Se aplicarán los siguientes criterios para todas las propuestas:
- Para los monumentos o placas conmemorativos o la denominación conmemorativa de edificios o instalaciones públicas, la persona a ser conmemorada debe haber nacido o vivido en Kilkenny o haber tenido conexiones fuertes y/o duraderas con el área de Kilkenny y su historia o haber hecho una importante contribuciones sociales, culturales o económicas a la sociedad en Kilkenny
- No se considerarán propuestas para conmemorar a personas vivas (salvo en circunstancias excepcionales). Los nominados deberán haber fallecido al menos 10 años antes o haber superado el centenario de su nacimiento, lo que ocurra primero. El Consejo podrá considerar un plazo menor en casos excepcionales.
- Para que un evento sea conmemorado por un monumento, placa o nombramiento de un edificio público, debe haber ocurrido en Kilkenny y debe marcar un aniversario significativo de un evento de importancia en la historia y el desarrollo de Kilkenny.
- Un evento tendrá que haber ocurrido al menos 10 años antes, a menos que tenga una consecuencia extraordinaria y duradera para Kilkenny.

SECCIÓN 3: DENOMINACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
La Infraestructura Pública se relaciona con las redes físicas, estructuras e instalaciones que sirven al condado ya la comunidad local. Solo las estructuras que están bajo el mandato/propiedad del Consejo del Condado de Kilkenny pueden considerarse, ya que la autoridad local no tendría derecho a nombrar infraestructura que no esté bajo su propio control.

Vías y Calles Públicas
- Con carácter general, sólo serán atendidas por la Comisión de Denominación y Memorial Conmemorativo las calles o caminos públicos nuevos o los ya existentes en los que no se utilice un nombre. El cambio de nombres existentes puede generar confusión y, por lo tanto, no se considerará.
- Las rotondas se nombrarán en relación con su ubicación geográfica para proporcionar información direccional para los usuarios de la vía y no se nombrarán según individuos o eventos, ya que no son necesariamente una característica permanente de la vía. Se pueden considerar desviaciones de esto en circunstancias muy excepcionales.
- Las propuestas que se evalúen deberán tener en cuenta la Estrategia adoptada para el área.

Edificios e instalaciones públicas (parques, centros artísticos y comunitarios, edificios cívicos, instalaciones deportivas, grandes instalaciones de infraestructura)
- Los edificios e instalaciones públicos pueden ser adecuados para la denominación conmemorativa. Esto debe considerarse como parte del proceso de planificación del proyecto.
- En general, solo las estructuras o instalaciones nuevas se considerarán para la denominación conmemorativa, ya que las estructuras y los edificios existentes ya tendrán un nombre asociado.
- La vivienda pública/social está excluida de esta política ya que el Departamento de Vivienda decidirá el nombre de este desarrollo.


SECCIÓN 4: TIPOS DE CONMEMORATIVOS CONMEMORATIVOS
Los tipos de memoriales conmemorativos que se deben considerar para marcar eventos históricos significativos, aniversarios o personas son los siguientes:
Placa - Una tableta plana de metal, piedra u otro material que incluye texto o imágenes y se fija a una pared u otra superficie. Las placas generalmente se erigen para conmemorar la residencia de una persona importante o la ubicación de un evento importante.
Monumentos o estatuas: una estructura u objeto tridimensional de diseño arquitectónico o escultórico erigido en memoria de una persona, asociación, aniversario o evento.
O, cualquier otro memorial apropiado de acuerdo con los criterios.
El permiso para placas, monumentos o memoriales no implica ninguna responsabilidad sobre el Consejo del Condado de Kilkenny para el mantenimiento y la reparación en el futuro.


SECCIÓN 5: DEDICACIÓN DE ÁRBOLES Y BANCOS EN LOS PARQUES Y ESPACIOS ABIERTOS DE KILKENNY

Sujeto al cumplimiento de los requisitos generales establecidos en la Política de Conmemoración Cívica del Concejo del Condado de Kilkenny, el Concejo del Condado de Kilkenny permitirá árboles o bancos conmemorativos dentro de sus parques y espacios abiertos (para incluir áreas bajo el control y/o mantenimiento del Concejo) sujeto a la disponibilidad de lugares adecuados
- La ubicación del árbol o banco quedará a discreción del Consejo del Condado de Kilkenny.
- En el caso de un árbol, el Ayuntamiento se encargará de la selección de las especies de árboles, la plantación y los trabajos de mantenimiento necesarios y, en el caso de un banco, el Ayuntamiento seleccionará el tipo y se encargará de su instalación.
- En relación con la dedicación de un árbol, el método para marcarlo o identificarlo dependerá de la sensibilidad del entorno, es decir, si la ubicación se encuentra dentro de un paisaje diseñado históricamente, un parque público o un espacio abierto. El Consejo proporcionará los detalles del método pertinente permitido y la ubicación para colocarlo cuando se presente una solicitud.
- Se permitirá una pequeña placa/placa conmemorativa (conforme a las especificaciones que se proporcionarán) en el respaldo de un banco.
- Aparte de la placa/placa que cumpla con los requisitos del Consejo, no se permitirán otros artículos en las cercanías o sobre un árbol o banco.
- Se cobrará una tasa como contribución al costo de las obras asociadas, incluida la administración.
- En caso de vandalismo o rotura de un árbol (dentro de los 18 meses siguientes a la plantación), el Ayuntamiento gestionará por única vez su sustitución. Los bancos destrozados no serán reemplazados.
- El Ayuntamiento se reserva el derecho de retirar o reubicar un banco o árbol en cualquier momento si lo considera necesario.

SECCIÓN 6: APÉNDICE POLÍTICA CONMEMORATIVA CÍVICA DEL CONSEJO DEL CONDADO DE KILKENNY
Política Conmemorativa Cívica del Consejo del Condado de Kilkenny

Introducción
El Consejo del Condado de Kilkenny reconoce que la conmemoración pública y los memoriales ofrecen oportunidades para honrar, celebrar o recordar a una persona, grupos de personas o eventos de importancia. Esta política establece los criterios y procesos mediante los cuales el Consejo del Condado de Kilkenny considerará la conmemoración de personas, eventos y puntos de referencia mediante la instalación de monumentos conmemorativos en el ámbito público.

Es importante que el Consejo del Condado de Kilkenny establezca una política sobre este asunto debido a la
- necesidad de tener claridad con respecto a la política y los procedimientos para la consideración de propuestas
- Es probable que la Década de Conmemoraciones fomente un alto nivel de demanda para la construcción de monumentos conmemorativos
- necesidad de garantizar que la proliferación de monumentos y placas no reste valor al ámbito público y al disfrute de los espacios públicos

La Oficina del Patrimonio actualmente está realizando una auditoría de los monumentos y placas cívicos en el condado. Los monumentos y las placas son una parte a menudo pasada por alto de nuestro patrimonio cultural. La auditoría proporcionará información sobre la cantidad, el tipo, el diseño y la ubicación de los monumentos conmemorativos en todo el condado. La información reunida será útil como base de datos/registro de memoriales y complementará la política propuesta sobre memoriales cívicos.

Política Conmemorativa Cívica del Consejo del Condado de Kilkenny

1. El Concejo establecerá un Comité Cívico Conmemorativo compuesto por 3 miembros electos (Presidente y otros 2) del Comité de Política Estratégica 3 (Planificación y Desarrollo, Patrimonio, Comunidad, Arte y Cultura) y los siguientes funcionarios del Concejo (Director Ejecutivo Senior, Oficial de Patrimonio , Oficial de Artes, Oficial de Conservación, Departamento de Parques, Planificador) para recomendar al Concejo Monumentos Cívicos adecuados. La composición del comité será revisada anualmente.

2. Las propuestas para monumentos conmemorativos deben enviarse por escrito al Comité Cívico Conmemorativo, Servicios Corporativos, Consejo del Condado de Kilkenny, Ayuntamiento, Johns Street, Kilkenny.

3. Los memoriales cívicos representan un reconocimiento cívico significativo de un sujeto. Por lo tanto, es necesario que el Comité Cívico de la Memoria utilice criterios claros para evaluar cualquier propuesta. Se considerarán los siguientes criterios al evaluar una solicitud para un memorial, monumento o placa cívica:

- La propuesta debe respaldar las políticas y los objetivos de los Planes de desarrollo de la ciudad y el condado y los Planes de área local.
- La propuesta debe demostrar que el tema de un monumento ha hecho una contribución única y destacada a la vida o la historia del condado de Kilkenny a través de un logro destacado, un servicio distintivo o una contribución significativa a la comunidad.
- La propuesta debe establecer que el condado de Kilkenny es la ubicación geográfica apropiada para el memorial, monumento o placa (es decir, existe una fuerte asociación con el condado en virtud del nacimiento, la muerte, la contribución al condado, etc.) y/o que existe una fuerte asociación entre el sitio y el evento o persona que se conmemora)
- La propuesta debe proporcionar el consentimiento por escrito del propietario/arrendatario del sitio
- La propuesta debe proporcionar evidencia del consentimiento de los miembros de la familia, patrimonio o grupo relacionado con el individuo o evento a conmemorar.
- La propuesta deberá ajustarse a la normativa urbanística.
o La construcción de un monumento en una Estructura Protegida requiere un Permiso de Planificación. Cualquier propuesta para erigir una placa en un edificio que no sea una Estructura Protegida pero que se encuentre dentro de un Área de Conservación Arquitectónica será remitida para consulta al Oficial de Conservación.
o La erección de un monumento en un Monumento Registrado o Monumento Nacional puede requerir el permiso de la Sección de Monumentos Nacionales del Departamento de Artes, Patrimonio y Gaeltacht y se les remitirá según corresponda.
- La propuesta debe proporcionar evidencia de que el texto del memorial es factualmente correcto (material de apoyo como publicaciones, textos y fotografías).
- La propuesta debe demostrar alta calidad de diseño, mérito estético y artístico adecuado.
- El monumento debe estar en consonancia con la ubicación propuesta (es decir, en términos de diseño y materiales)
- La propuesta debe proporcionar la siguiente información técnica
o mapa de ubicación del sitio, texto en memorial, dibujos y/o fotografías, detalles de diseño, detalles de fijación
- La propuesta debe proporcionar detalles de cómo se mantendrá y cuidará el memorial a perpetuidad. El Consejo del Condado de Kilkenny no será responsable del mantenimiento futuro de los monumentos conmemorativos aprobados en virtud de esta política.
- El Consejo del Condado de Kilkenny conserva la opción de retirar el monumento en una fecha futura, en consulta con el solicitante del monumento, si se considera necesario debido a consideraciones de planificación o de salud y seguridad.

4. Otros asuntos relacionados con la evaluación de propuestas de memoriales:
- Solo las propuestas completas y válidas serán consideradas por el Comité Cívico Memorial
- Para ayudar a evaluar cualquier propuesta, el Consejo del Condado de Kilkenny puede, a su discreción, solicitar que se lleve a cabo una consulta pública.
- Para ayudar a evaluar cualquier propuesta, el Consejo del Condado de Kilkenny puede, a su discreción, buscar el asesoramiento de expertos.
- El consejo del condado de Kilkenny apoya la diversidad y la igualdad, y considerará propuestas para monumentos cívicos que respalden los 9 motivos de la legislación sobre igualdad (género, estado civil, estado familiar, orientación sexual, religión, edad, discapacidad, raza o pertenencia a la comunidad de viajeros).
- El consejo del condado de Kilkenny apoyará el uso de redacción bilingüe en los memoriales (irlandés e inglés) y otros idiomas, según corresponda.
- En general, el Consejo del condado de Kilkenny tendrá preferencia para la conmemoración de un individuo o evento en un solo monumento.
- Normalmente, el Consejo del condado de Kilkenny no proporcionará apoyo financiero para los monumentos, excepto a través de los esquemas de subvenciones apropiados del Consejo del condado existentes.
- Esta política será revisada cada cinco años por el Comité de Política Estratégica y adoptada por el Consejo.
- Los detalles de la erección de monumentos conmemorativos se ingresarán en un registro de monumentos conmemorativos.

5. El Comité Cívico Conmemorativo remitirá cualquier memorial aprobado al Consejo en pleno.

FECHA DE ADOPCIÓN DE LA POLÍTICA CONMEMORATIVA CONMEMORATIVA: 21 de noviembre de 2016

Solicitud para erigir Placa o Monumento Cívico Memorial.pdf (tamaño 132.2 KB)

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