Solicitudes de vivienda social

Solicitud de apoyo a la vivienda social

La vivienda social se define en términos generales como alojamiento proporcionado por una autoridad local o un organismo de vivienda aprobado (AHB) para personas que no pueden proporcionar alojamiento con sus propios recursos. Esto incluye la provisión de vivienda para personas elegibles de bajos ingresos, personas mayores, personas con discapacidad, personas sin hogar y personas que salen del cuidado institucional sin alojamiento familiar. El apoyo a la vivienda se puede proporcionar de diversas formas:

  • Arrendamientos alquilados en propiedades propiedad del Consejo del Condado de Kilkenny.
  • Adquirir propiedades de vivienda social del sector privado a través de esquemas como el Plan de Alojamiento en Alquiler (RAS) o el esquema de Arrendamiento a Largo Plazo (LTL) o Arrendamiento (Corto o Largo plazo).
  • Proporcionar Pagos de Asistencia para la Vivienda (HAP) para ayudar con el pago del alquiler.
  • Nominaciones para alojamiento proporcionado por organismos de vivienda aprobados (AHB). Los organismos de vivienda aprobados son organizaciones independientes sin fines de lucro que ofrecen viviendas de alquiler de manera similar al Consejo del Condado de Kilkenny.
  • Oferta de alojamiento específico para personas sin hogar, personas mayores, personas con discapacidad y nómadas.

Criterios de calificación

Al evaluar su elegibilidad y necesidad de vivienda, la autoridad local considerará factores tales como el tamaño del hogar, los ingresos del hogar, su alojamiento actual (si corresponde), las condiciones de ese alojamiento y cualquier circunstancia especial, incluida la edad, la discapacidad, las circunstancias médicas, etc. se asignan a los solicitantes por orden de prioridad, teniendo en cuenta todas las circunstancias.

Las normas para la evaluación están establecidas en la legislación nacional y en Plan del consejo del condado de Kilkenny sobre prioridades de alquiler para 2023.  

Los criterios de elegibilidad para el apoyo a la vivienda social incluyen: 

  • ¿ Necesita ayuda - Debe tener una verdadera necesidad de vivienda y no poder proporcionar alojamiento con sus propios recursos.
  • Derecha - Derecho a vivir en Irlanda. Debe tener el derecho legal de permanecer en el estado a largo plazo.
  • Edad - Debes tener 18 años o más.
  • por - Sus ingresos netos deben estar por debajo de los umbrales que se enumeran a continuación:

 

Adulto soltero

Adultos 2

1 adulto

Niño 1

1 adulto,

2 Niños

Adultos 2

Niño 1

Adultos 2

3 Niños

Adultos 3

4 Niños

€35,000

€36,750

€35,875

€36,750

€37,625

€39,375

€42,000

 

La determinación de si un hogar solicitante cumple con los criterios de ingresos se basará en un cálculo de sus ingresos netos de los 12 meses anteriores (52 semanas) antes de la fecha de recepción de la solicitud. Los ingresos del hogar deben ser inferiores a los umbrales de ingresos aplicables al tamaño del hogar.

  • Conexión local - En general, ya debes vivir en Kilkenny o tener una conexión local con la zona.

  

Cómo presentar tu solicitud

Nota:  Sólo puede solicitar ayuda para la vivienda a una autoridad local.

  • Formulario de solicitud de apoyo a la vivienda social 2023 Puede presentarse en la oficina de la autoridad local más cercana o por correo postal.
  • Solo se aceptarán para su procesamiento solicitudes completamente completadas con toda la documentación de respaldo. Asegúrese de leer atentamente la “lista de verificación para solicitantes” en el formulario de solicitud para asegurarse de que se envíe toda la documentación relevante.
  • Las solicitudes enviadas con información faltante o incompleta causarán un retraso en su procesamiento y serán devueltas.
  • Además, una Formulario HMD 1 Formulario de información médica y de discapacidad debe completarse para cualquier persona que solicite vivienda social, que tenga una discapacidad o condición médica que requiera requisitos de alojamiento específicos. La información proporcionada se utilizará para evaluar si se debe otorgar estatus de prioridad a una solicitud.
  • Tenga en cuenta que se debe presentar un informe de terapeuta ocupacional con respecto a un requisito de alojamiento específico. ¿Qué pasa después? 
  • Una vez enviada una solicitud válida; se procesa y se realiza una entrevista de valoración.
  • Se emite una decisión por escrito para confirmar la aprobación/rechazo de una solicitud de apoyo a la vivienda social. 
  • Si cumple con los criterios del plan, se le colocará en la lista de espera de vivienda del Ayuntamiento. A medida que las viviendas están disponibles para alquiler, se asignan de la lista de espera de conformidad con el Plan de asignación de viviendas del Ayuntamiento y teniendo en cuenta todas las circunstancias pertinentes.
  • Todos los solicitantes incluidos en la lista de viviendas sociales deben notificar y proporcionar verificación de respaldo de cualquier cambio de dirección, ingresos del hogar, detalles de contacto, composición familiar, es decir, nuevo bebé/pareja, etc., a las autoridades locales. 
  • Si no cumple los criterios para recibir apoyo a la vivienda social, el Ayuntamiento le informará y le explicará los motivos de su decisión.

 

Contacto

Sección de Vivienda, Johns Green House, Johns Green, Kilkenny

Correo electrónico: AplicacionesSocialHousing@kilkennycoco.ie

Teléfono: 056-7794330

 

 

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