Cumplimiento de las Preguntas Frecuentes

Cumplimiento de la planificación Preguntas frecuentes

P. ¿Qué es la Sección de Cumplimiento de la Planificación?
R. La Sección de Cumplimiento de la Planificación del Consejo del Condado de Kilkenny se ocupa específicamente de las quejas escritas del público en relación con el desarrollo no autorizado. El desarrollo no autorizado es el desarrollo que:
i) no ha obtenido el permiso de planificación del Departamento de Planificación del Consejo del Condado de Kilkenny, o
ii) no ha construido/explotado de acuerdo con las condiciones de su Permiso de Planificación.

P. ¿Cómo presento mi queja?
A. Todas las quejas deben ser por escrito y una Formulario de Queja de Ejecución está disponible en (a) Customer Service Desk, County Hall, John Street, Kilkenny o aquí en nuestro sitio web. Es importante que proporcione la mayor cantidad de información posible y, si utiliza el formulario, que responda todas las preguntas. A veces es necesario que la Autoridad de Planificación busque más información de usted.
Nota: Las representaciones verbales no se pueden investigar.

P. ¿Mi queja es confidencial?
R. Sí. La Autoridad de Planificación no revelará su nombre o detalles a ningún
otra persona.

P. ¿Qué sucede después con mi queja?
A.

  1. Al recibir su declaración por escrito, el Consejo del Condado de Kilkenny decidirá emitir una Carta de advertencia al propietario, ocupante, desarrollador o cualquier otra persona que pueda estar relacionada con el presunto desarrollo no autorizado.
    Alternativamente, el Consejo puede decidir no emitir una Carta de advertencia (cuando la queja sobre el desarrollo se considere de naturaleza trivial o menor o si es una queja vejatoria).
  2. La Autoridad Urbanística dispone de un plazo de 6 semanas para emitir una carta de apercibimiento tras la recepción de una reclamación por escrito. Sin embargo, para determinar si una queja tiene mérito, primero se pueden llevar a cabo una serie de pasos de investigación. Algunos de estos pasos serían los siguientes: -Inspección del sitio: una persona técnicamente calificada inspecciona el presunto desarrollo no autorizado y prepara un informe, Registro de planificación, se verifica el registro de planificación para ver si hay algún registro de permiso de planificación, Archivo de permiso de planificación si el permiso de planificación existe el permiso y las condiciones se verifican y la Autoridad de Planificación determina si el presunto desarrollo no autorizado está/no está en cumplimiento,

P. ¿Qué dirá la carta de advertencia?
A. La carta de advertencia contendrá detalles del presunto desarrollo no autorizado. Brindará a cualquier persona a quien se le entregue la oportunidad de responder al fondo de la queja. No contendrá su nombre o dirección.

P. ¿Qué sucede después?
A. La Autoridad de Planificación luego investigará el asunto más a fondo teniendo en cuenta la respuesta, si la hubiere, a la Carta de Advertencia, sus declaraciones iniciales y cualquier otra información relevante.

P. ¿Qué sucede si la persona no cesa el desarrollo o la actividad no autorizados?
A. Si la persona no cesa el desarrollo o la actividad no autorizados, la Autoridad de Planificación podrá entonces servir
un Aviso de Ejecución.

P. ¿Es el Aviso de Ejecución diferente a la Carta de Advertencia?
R. Sí. La principal diferencia es que el Aviso de Ejecución es un documento legal que instruye a la persona a subsanar en la forma que determine la Autoridad de Planificación, el desarrollo no autorizado. Especificará un plazo razonable dentro del cual la persona debe corregir el desarrollo no autorizado.

P. ¿Qué sucede después?
A. Después de que haya vencido el período de tiempo especificado para el cumplimiento, la Autoridad de Planificación volverá a inspeccionar el sitio para confirmar si las obras se han llevado a cabo según las instrucciones. Si se han realizado las obras y ha cesado el desarrollo o la actividad no autorizados, no se toman medidas adicionales. La Autoridad de Planificación le escribirá para informarle de la decisión.

P. ¿Qué pasa si no se han cumplido los términos del Aviso de Ejecución?
A. Si se determina que no se cumplió con los términos del Aviso de Ejecución entregado después del tiempo especificado permitido, la Autoridad de Planificación puede proceder con acciones legales. Los procedimientos legales normalmente se llevan a cabo a nivel del Tribunal de Distrito donde la Autoridad de Planificación busca obtener una Orden del Tribunal para que la persona cumpla con los términos del Aviso de Ejecución. Si el Tribunal otorga la Orden a la Autoridad de Planificación, normalmente obligará al Desarrollador a cumplir con el Aviso de Ejecución dentro de otro plazo especificado.

P. ¿Qué sucede después?
A. Después de que haya vencido el plazo indicado por la Orden judicial, la Autoridad de Planificación volverá a inspeccionar el sitio/desarrollo y asistirá al Tribunal una vez más para confirmar el cumplimiento o no. Incluso si se cumple con el Aviso de Ejecución en este momento, generalmente se impone una multa a la persona por haber cometido el delito en primer lugar. La Autoridad Urbanística solicitará sus costas en relación con la elaboración del Aviso de Ejecución y las costas procesales posteriores. Por lo general, este es el final del asunto y, si no se requieren más acciones de ejecución, la autoridad de planificación le escribirá para informarle el resultado.

P. Si se recibe el permiso de retención, ¿es ese el final del asunto?
A. La Autoridad de Planificación aún puede enjuiciar a una persona por haber llevado a cabo un desarrollo no autorizado, ya sea que se haya solicitado u obtenido el Permiso de Planificación de retención. (Esta nota no pretende ser una interpretación legal de las disposiciones
de las Leyes de Planificación y Desarrollo 2000-2015).

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