Desarrollo de 6 casas en Smithsland South, Kilkenny

Ley de Planificación y Desarrollo 2000 - 2018

Reglamento de Planificación y Desarrollo 2001 - 2018

AVISO DE DESARROLLO PROPUESTO POR UNA AUTORIDAD LOCAL

 

Desarrollo de 6 casas en Smithsland South, Kilkenny

(Sitio en la parte trasera del campo de juego de la Escuela Secundaria Presentation,

acceso propuesto adyacente a Hawthorn Walk, Parcnagowan)

 

De acuerdo con la Parte 8, Artículo 81, de los reglamentos anteriores, el Consejo del Condado de Kilkenny por la presente notifica las propuestas relacionadas con el siguiente desarrollo en el sitio anterior:

Construcción de 6 casas de una sola planta y todos los trabajos de desarrollo del sitio asociados

 

Los planos y los detalles del desarrollo propuesto estarán disponibles para inspección o compra por una tarifa que no exceda el costo razonable de hacer una copia durante el horario de oficina de Viernes 7 de junio de 2019 hasta el viernes 5 de julio de 2019 inclusive, en el Departamento de Planificación, Consejo del Condado de Kilkenny, Ayuntamiento, John St., Ciudad de Kilkenny desde . a 1: 2h y XNUMX: XNUMXh a 4 pm lunes a Viernes.

Los detalles del desarrollo propuesto también se pueden ver en https://consult.kilkenny.ie/

Las presentaciones u observaciones con respecto al desarrollo propuesto, que traten de la adecuada planificación y desarrollo sostenible del área en la que se llevará a cabo el desarrollo, podrán realizarse:

La última hora y fecha para la recepción de presentaciones sobre el desarrollo es 5.00:19 horas del viernes 2019 de julio de XNUMX.
Las presentaciones deben estar claramente marcadas "Golf Links Road Housing - Presentación de planificación de la Parte 8"

De acuerdo con los requisitos del Artículo 120(1)(a) de las Regulaciones de Planificación y Desarrollo de 2001 (modificadas), la autoridad de Planificación ha realizado un examen preliminar de la naturaleza, el tamaño y la ubicación del desarrollo propuesto. La autoridad ha concluido que no existe una probabilidad real de efectos significativos sobre el medio ambiente derivados del desarrollo propuesto y se ha determinado que no se requiere una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA).

De conformidad con el Artículo 120(3) de las Regulaciones de Planificación y Desarrollo de 2001 (modificado), cuando cualquier persona considere que el desarrollo que se propone llevar a cabo probablemente tenga efectos significativos en el medio ambiente, él o ella puede, en cualquier momento antes de la expiración de 4 semanas a partir de la fecha de publicación de este aviso, solicite a An Bord Pleanála una determinación de evaluación sobre si es probable que el desarrollo tenga un efecto significativo en el medio ambiente.

 

Mary Mulholland, directora de servicios

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